lunes, 27 de julio de 2015

Comunicacion del Belford Hinton Wilson a Vicente Lecuna sobre el compromiso de ambos países de no ocupar el territorio disputado (Status Quo de 1850) 18 de noviembre de 1850

Mapa de Codazzi de 1840


Legación Británica.—No. 118.
Caracas, 18 de Noviembre de 1850.

Sr. Vicente Lecuna, Secretario de Estado y Relaciones Exteriores de Venezuela.

En tres de abril último, el infrascrito, Encargado de Negocios de Su Majestad Británica, tuvo el honor de mostrar al señor Fernando Olavarría, entonces Secretario de Estado y Relaciones Exteriores de Venezuela, un informe original que el día precedente había dirigido el infrascrito al Principal Secretario de Relaciones Exteriores de Su Majestad, exponiendo el carácter y objeto de una propaganda de falsedad y calumnia, en cuanto á la conducta y política del Gobierno Británico en la cuestión de límites entre la Gran Bretaña y Venezuela; y al mismo tiempo informó el infrascrito á S. S. de los pasos que había dado para contradecir el rumor que malévolamente se difundía en Venezuela, de que la Gran Bretaña intenta reclamar la Provincia de la Guayana Venezolana.

Esos pasos consistieron principalmente en asegurar al Gobierno Venezolano que era falso cuanto había divulgado sobre esto la propaganda, y en comunicar al Gobierno Venezolano copia de un oficio, que en 20 del mes de marzo anterior, había dirigido el señor Kenneth Mathison, Vice-Cónsul Británico en Bolívar, oficio en que después de manifestar cuál había sido en realidad la marcha y conducta del Gobierno de Su Majestad en este asunto desde noviembre de 1847, declaraba formalmente que las intenciones que, con el objeto manifiesto de servir al interés privado de cierto individuo bien conocido, y á las tretas políticas de la propaganda, se habían imputado desde 1813 al Gobierno de Su Majestad, no sólo están entera y absolutamente faltas del menor fundamento, sino que son precisamente todo lo contrario de la verdad.

Copia y traducción de ese oficio al señor Mathison se publicaron por el Gobierno Venezolano en el número 981 de la Gaceta Oficial de Venezuela; y con fecha de 13 de mayo último, aprobó el Gobierno de Su Majestad la conducta del infraescrito en el particular.

Observará aquí el infraescrito que en 5 de abril leyó, traduciéndolo á S. E. el Presidente, el informe arriba mencionado que daba á su Gobierno, informe cuyo original, como ya ha dicho, lo había mostrado en 3 de aquel mes al señor Olavarría que lée inglés.

En 13 del mismo mes de abril creyó de su deber el infraescrito trasmitir á su Gobierno estractos de cartas, que le dirigió desde Bolívar el señor Vice-Cónsul Mathison con fechas 2, 8, 18, 22 y 30 de marzo, diciendo que se habían comunicado á las autoridades de la Provincia de Guayana órdenes de ponerla en estado de defensa, y de reparar y armar los fuertes desmantelados y abandonados; y en fin, que el Gobernador, José Tomás Machado, había hablado de levantar un fuerte en el punto de Barirna, cuyo derecho de posesión está en disputa entre la Gran Bretaña y Venezuela.

Creyó asimismo de su deber el infraescrito comunicar á su Gobierno la introducción en la Cámara de Representantes de un proyecto de ley, que se registra en el número 02 del Diario de Debates, y autoriza al Gobierno Ejecutivo para construir inmediatamente un fuerte en el punto que sirve de límite entre Venezuela y la Guayana Británica sin designar, sin embargo, por su nombre qué punto es ese, autorizando así al Gobierno Ejecutivo para cometer de facto una agresión y usurpación en el territorio que se disputa entre ambos países, mediante la construcción de un fuerte en algún punto que Venezuela puede reclamar, aunque la Gran Bretaña puede reclamar igualmente la legítima posesión de ese punto.

El tono y lenguaje empleados con Grán Bretaña en el curso de los debates sobre este proyecto, que el infraescrito no se detendrá á caracterizar, no dejaron fundamento razonable para dudar de la inminencia del peligro á que se expondrían los derechos Británicos en caso de pasar á ley el proyecto.

Sin embargo, el infraescrito con gusto dió cuenta á su Gobierno de  las amigables seguridades que recibió de S. E. el Presidente, y de la juiciosa conducta que en efecto observó, y asimismo de que el proyecto aún no ha llegado á ser ley.

Mas con relación á la existencia de una propaganda para descaminar y excitar la opinión pública en Venezuela, en cuanto á la cuestión de límites entre la Guayana Británica y la Venezolana, y á la consiguiente posibilidad de agresiones y usurpaciones de parte de las autoridades de la Guayana Venezolana en el territorio que se disputan ambos países, el Vizconde Palmerston, con fecha de 15 de julio, trasmitió al infraescrito, para su conocimiento y gobierno, copia de una carta que ha dirigido S. S. á los Lores comisionados del Almirantazgo, en que les significa los mandatos de la Reina en cuanto á las órdenes que han de darse al Vicealmirante que manda las fuerzas navales de Su Majestad en las Indias Occidentales, respecto á la marcha que seguirá si las autoridades Venezolanas construyen fortificaciones en el territorio que se disputan la Gran Bretaña y Venezuela.

También ha sido instruido el infraescrito para llamar la seria atención del Presidente y Gobierno de Venezuela hacia á esta cuestión, y para declarar que mientras por una parte el Gobierno de Su Majestad no tiene ánimo de ocupar ó usurpar el territorio disputado, por otra, no mirará con indiferencia las agresiones de Venezuela á ese territorio.

Además ha sido instruido el infraescrito para decir que en estas circunstancias el Gobierno de Su Majestad espera que se enviarán positivas instrucciones á las autoridades de Venezuela en Guayana, á fin de que se abstengan de tomar medidas que las autoridades Británicas pudiesen justamente considerar como agresiones ; porque tales medidas, si se tomasen, conducirían forzosamente á una colisión que sentiría profundamente el Gobierno de Su Majestad, pero de cuyas consecuencias, cualesquiera que fuesen, el Gobierno de Su Majestad consideraría responsable enteramente al de Venezuela.

No puede el Gobierno venezolano, sin cometer una injusticia con la Gran Bretaña, desconfiar por un momento de la sinceridad de la declaración formal, que ahora se hace en nombre y de orden expresa del Gobierno de Su Majestad, de que la Gran Bretaña no tiene intención de ocupar ni usurpar el territorio disputado; por consecuencia, el Gobierno Venezolano no puede, con igual espíritu de buena fe y amistad, negarse á hacer una declaración semejante al Gobierno de Su Majestad, á saber, que Venezuela misma no tiene intención de ocupar ni usurpar el territorio disputado.

La sistemática perseverancia con que desde 1843 ha fabricado y hecho circular la propaganda falsos rumores, respecto á la conducta y política del Gobierno de Su Majestad por lo que hace á la Guayana Venezolana, entre otros dañosos efectos ha producido el de servir á los fines de esa propaganda, manteniendo vivo un insano espíritu de desconfianza y pueril credulidad en cuanto á todos los frívolos rumores tocantes á esta cuestión de límites, y exponiendo así á ser interrumpidas en cualquier momento las amigables relaciones entre la Gran Bretaña y Venezuela, por una colisión entre ambos países proveniente de alguna repentina y quizá no autorizada agresión por parte de las autoridades locales de Venezuela, ya se cometa construyendo fuertes, ya ocupando y usurpando el territorio que se disputa.

El Gobierno de Su Majestad, como antes se dijo, no ordenará ni sancionará semejantes usurpaciones ú ocupación por parte de las autoridades Británicas ; y si en algún tiempo hubiese error sobre su determinación en este respecto, el infraescrito está persuadido de que renovaría de buena gana sus órdenes en el particular ; está, pues, satisfecho de que, de acuerdo con las amigables indicaciones del Gobierno de Su Majestad, el de Venezuela no vacilará en enviar á las autoridades Venezolanas de Guayana órdenes positivas de abstenerse de tomar medidas que las autoridades Británicas puedan considerar justamente como agresiones.

En 14 y 15 últimos, el infraescrito comunicó privadamente al señor Vicente Lecuna, y á Su Excelencia el Presidente, las instrucciones que le había dado el Vizconde Palmerston ; y entonces explicó completamente las amigables consideraciones que le habían movido á no comunicar el contenido de aquéllas al Gobierno Venezolano cuando las recibió, que fué en 18 de junio anterior, y á seguir difiriendo su formal comunicación por escrito hasta que se presentase la oportunidad.

Parece que tanto Su Excelencia el Presidente como el señor Lecuna apreciaron en todo su valor lo amistoso de este proceder. Sin embargo, siendo de parecer que se convino en las entrevistas que tuvo el infraescrito con el señor Lecuna en 15 y 16 del comente, en que ha llegado el momento oportuno de hacer esa comunicación, no ha perdido tiempo para manifestar esas instrucciones en esta nota.

El infraescrito aprovecha esta oportunidad para renovar al señor Lecuna las protestas de su consideración distinguida.




(Firmado) Belford Hinton Wilson.

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