El Canciller Nicolás Maduro recibió la comunicación en mayo de 2009; sin embargo no se dió por enterado de la misiva hasta septiembre de 2011. |
Embajada en GUYANA
FAX N° (59-2)2253242
II.2.G12.E1.P 90/148
TELEFAX
PARA:
Exteriores-Caracas
Dirección del
Despacho
c.c. Viceministro
para América Latina y el Caribe
DGECI/DC
Caribe y Centroamérica; Dirección de Soberanía, Límites y Asuntos Fronterizos
Unidad
Especial de Guyana
FECHA:
15-05-2009
ASUNTO:
Guyana introduce solicitud para prolongación
de plataforma
continental
Se
informa a ese Superior Despacho que a primera hora de ayer la Cancillería
Guyanesa contactó telefónicamente a esta Embajada para requerir la presencia a
la 10:00 a.m del Embajador en la oficina de la Ministra de Asuntos Exteriores,
Carolyn Rodrigues. Por encontrarme disfrutando de mi permiso sanitario, la Concejero
Mercedes Mazzei, Encargada de Negocios a.i., atendió el llamado y se entrevistó
con la Canciller y con el Jefe de Asuntos Fronterizos, Keith George,
oportunidad en la cual se suministró la nota verbal N° 590/09 de fecha 13 de
los corrientes, cuya “traducción” no oficial se anexa, junto con un Resumen Ejecutivo,
intitulado “Propuesta de datos e información sobre los limites exteriores de la
plataforma continental de la Republica Cooperativa de Guyana, de conformidad con
la parte IV y el anexo II de la Convención de las Naciones Unidas sobre el Derecho del Mar”.
Con la entrega
de la referida documentación, la Canciller Rodrigues comunicó que ese era el
ultimo día de plazo que su país tenía para consignar dicha información ante la
ONU, así como informó que también se le notificó al respecto a este tema a
otros países vecinos antes que a la prensa, indicando que el día de hoy la
Agencia de Información de Guyana (GINA) publicaría una nota de prensa al
respecto, como ocurrió en la práctica.
La Concejero
Mazzei expresó que enviaría la información al Gobierno Nacional para su consideración,
señalando que Venezuela no es parte de dicha Convención, información que la Ministra
guyanesa afirmó conocer.
La nota verbal
y la documentación en referencia, la cual incluye un mapa, está relacionada con
la solicitud de Guyana de extender sus derechos de plataforma continental, de acuerdo
con el párrafo 10 del artículo 76 de la citada Convención haciendo referencias
a la Resolución emanada en la Reunión de las Partes Convención N° 183, la cual,
a su vez, menciona a la resolución N° 172. Ambas se anexan a este Telefax para
una mayor ilustración de la materia.
Cabe acotar
que en la nota verbal se menciona que dicha solicitud se hace “sin perjudicar a
potenciales delimitaciones fronterizas con algunos de sus estados vecinos, los
cuales pueden ser conducidas en fecha posterior”, cuestión que fue remarcada
verbalmente por la Canciller guyanesa, quien además indicó que otros países vecinos
habían hecho lo propio como Barbados, Trinidad y Surinam.
Hay que tener
en cuenta que Guyana firmó con Barbados en diciembre de 2003 un acuerdo denominado
de “Cooperación de las Zonas Económicas Exclusivas Comunes”, con el fin de
ejercer jurisdicciones comunes de los lechos marinos de la zona, entre otros,
el cual en su momento levantó polémica por parte de países vecinos que se
sintieron afectados.
Sin ser
expertos en la materia, revisando el mapa anexo, queda evidente que con esta acción
Guyana estaría tratando de cerrarle a Venezuela su salida oceánica al Atlántico,
lo cual sería estratégicamente inconveniente, además de los perjuicios económicos
que representaría que nuestro país perdiese el acceso a los recursos marinos y
petroleros que allí pudieran localizarse.
Dada la
trascendencia del tema y su importancia estratégica se considera urgente una
respuesta de la Cancillería que exprese la opinión de parte de las distintas
dependencias vinculadas al mismo. Asimismo estimamos necesario frenar al avance
de la diplomacia guyanesa en el logro de los objetivos planteados con esta política,
a través de los medios que se consideren convenientes.
Atentamente,
Darío
Morandi F.
Embajador
DM/MM/mm
Anexo Nota Verbal
N° 590/09, del 13.05.09 y su “traducción no oficial”
Resumen
Ejecutivo
Resoluciones
de la Convencion de la ONU sobe el Derecho del Mar Nros. 172 y 183
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